14 Se establece una fianza de 10€
NORMAS REGULADORAS DE LOS HUERTOS DE OCIO:
Consideraciones generales sobre los huertos
1* Los huertos de ocio son parcelas de 25 metros cuadrados de iniciativa
privada,destinados al cultivo de agricultura ecológica.
2* Los productos obtenidos deberán destinarse única y exclusivamente al
autoconsumo familiar quedando expresamente prohibida su venta.
3* El uso de los huertos será exclusivamente el cultivo agrícola de
hortalizas, flores y frutas, y la producción de plantas ornamentales, hortícolas y
forestales, quedando expresamente prohibida cualquier otra actividad,
incluidosla venta de productos, el almacenaje de cualquier tipo o la construcción
de cualquier obra de fábrica.
4* El tipo de agricultura a practicar será ecológica, estando expresamente
prohibido el uso de productos fitosanitarios y fertilizantes químicos de
síntesis.
5* No está permitida en los huertos la crianza de ningún tipo de animal
ni la plantación de árboles que formen seto o priven del sol a los huertos vecinos.
6* El acceso a los huertos y zonas comunes se limitará a las personas
de la unidad familiar autorizadas de entre las incluidas en la solicitud de reserva
da cada huerto.
7* Esta absolutamente prohibido el uso del huerto como residencia, sea
o no permanente.
8* Queda prohibido el uso de fuego en todo la finca.
9* Queda prohibido instalar cualquier tipo de valla o elemento de separación con los
huertos vecinos que no sea la proporcionada en origen con la proporción.
10* En todo momento, los socios deben comportarse de manera
respetuosa no solo con el medio ambiente, sino con sus vecinos y el
personal de la finca. Deberá hacerse siempre un uso responsable del agua,
así como de otros recursos naturales implicados en el proceso productivo.
11* Queda prohibido dejar libres perros o cualquier otro animal dentro de la finca,
a fin de evitar molestias a los vecinos.
12* Solo se permitirá aparcar los coches en la zona habilitada para ello.
13 La dirección pondrá todos los medios para mantener cierto grado de seguridad en la
finca pero no se responsabilizará de robos ni pérdida de herramientas o cultivos .
14 Se establece una fianza de 10€ .
Obligaciones de los socios en cuanto a mantenimiento de instalaciones
El incumplimiento de cualquiera de las normas comportará la resolución
automáticadel contrato.
1* Los usuarios de los huertos de ocio tendrán que mantener los
mismos y sus instalaciones en perfectas condiciones de funcionamiento.
2* La zona de huertos contará con unos servicios comunes para los usuarios
de los huertos, que estará a cargo del personal de la finca debiendo hacer aquellos un
uso correcto de los mismos.
3* El socio queda obligado a reparar o reponer aquellos bienes o equipos
que resultaran dañados o averiados.
Obligaciones en cuanto a labores y cultivos
1* En cuanto a los riegos y el consumo del agua:
1.1 En todo momento del año deberá hacer un uso responsable del agua.
El socio se compromete a respetar y controlará el volumen total del agua
consumida.
1.2 El agua es un bien común que debe utilizarse responsablemente. El uso del
aguapara regar los cultivos es gratuito, sin embargo la propiedad de la finca se
reserva el derecho a instaurar en el futuro una cuota simbólica por riego
efectuado en el caso de estimar que no se hace un uso correcto de este recurso.
1.3 Queda terminantemente prohibido el cultivo de césped ornamental y de
cualquier especie ornamental de altas exigencias hídricas. Si se desean
emplear cultivos ornamentales deberán estar adaptados a la climatología de la zona,
y ser de bajo consumo hídrico 2* La plantación de árboles frutales que a
la vez sirvan para sombrear parte del huerto será permitido, previa solicitud al
personal de la finca.
Obligaciones en cuanto a la gestión de residuos
1* Para deshacerse de restos
vegetales no se emplearán las quemas bajo ningún concepto, ni se arrojarán a
los huertos vacios, las zonas comunes o el resto de la finca. En caso de que
no se puedan compostar y deberán ser retiradas de la finca por el propio
hortelano.
2* Los desperdicios generados en el huerto no se arrojará a los huertos vacios,
las zonas comunes, o el resto de la finca y deberán ser retirados de la finca
por el propio hortelano.
Ultima actualización JULIO de 2015.
El incumplimiento de cualquiera de las normas comportará la resolución
automática del contrato.